Regulan llamado «tele trabajo»; patrón deberá pagar parte del gasto de luz

Tampico.- Dentro de las reformas que se han dado en materia laboral, se ha logrado regular el llamado «teletrabajo» o trabajo en línea, en el que ahora el patrón está obligado a pagar al empleado una parte proporcional de los gastos de luz siempre y cuando sea trabajo permanente y no temporal y además, el trabajador tiene derecho también a no contestar llamadas telefónicas después de determinada hora.

Juan Carlos Ley Fong, abogado de la rama laboral, dijo en entrevista que muchas personas deben trabajar desde casa y absorven ellos los gastos de luz, por ejemplo.
A partir del día 9 de diciembre de 2020, explicó, el poder legislativo expidió un paquete de reformas en materia laboral y de Seguridad Social, en donde vienen reformas a la Ley Federal del Trabajo, a la Ley del Seguro Social, a la Ley de Infonavit y a la Ley del Sistema para el Retiro.
“Entre las más trascendentes se encuentra que se regula de manera más adecuada el teletrabajo o el trabajo en línea que este tipo de actividad estaba contemplada en el capítulo de trabajo a domicilio, pero ahora se le va a llamar de manera específica teletrabajo, y habla de que se va a considerar el trabajo en línea aquel que sea de manera permanente, no de manera ocasional o eventual como está sucediendo con la pandemia”, detalló el profesionista.
Ley Fong abundó que en los casos de que se contrate de manera permanente el trabajo en línea el patrón va a tener la obligación de pagar una parte proporcional de los gastos de energía eléctrica.
“Se especifica con claridad lo que es el teletrabajo, trabajo a distancia que puede ser en cualquier lugar distinto a las instalaciones del patrón y utilizando las tecnologías de la comunicación, en Europa específicamente se señala teléfono celular, computadora e Internet”, enfatizó.
Consideró que el pago proporcional de la energía eléctrica va a ser como una prestación, como un bono adicional para el trabajo en casa, pero que sea permanente.
“En la actualidad muchos estamos haciendo el trabajo en domicilio, pero es ocasional derivado de la pandemia y en la medida que se vaya normalizando la situación vamos a regresar al trabajo presencial como estábamos; entonces ese no va a ser considerado teletrabajo, el teletrabajo es el permanente”.
Resaltó que a ese tipo de trabajo van agregarle una figura que se llama el derecho a la desconexión, con la finalidad de que el patrón no abuse llamándole a cualquier hora por cuestiones de trabajo.
De esta manera el trabajador tendrá derecho a no contestar porque dijo que eso causa mucho estrés, estar permanentemente conectado o estar esperando llamada o que suene el timbre de mensaje o estar contestando correos electrónicos.

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