Advierten LGS multas a quien no acate disposiciones por COVID-19

Por María de Jesús Cortez

Tampico.- Los trabajadores o empresas que violen las medidas de seguridad que el gobierno implemente por contingencia sanitaria, como en este caso por emergencia sanitaria derivada del COVID-19 podrían ser sancionados hasta con 12 mil veces el salario mínimo general y hasta clausura temporal o definitiva en el caso de negocios, esto de acuerdo a lo que marca la Ley General de Salud, reveló el abogado penalista, licenciado Juan Jorge Olvera.

Al hablar de la emergencia sanitaria, el profesionista de la rama del derecho dijo que para proteger la salud de la población el gobierno federal y las entidades pueden dictar medidas de seguridad sanitaria que la ciudadanía debe acatar.

«Entre ellas podemos mencionar el aislamiento, cuarentena, observación personal, suspensión de trabajos o servicios; aseguramientos y destrucción de objetos, productos o sustancias, desocupación o desalojo de casas, edificios, establecimientos y en general cualquier predio y las demás que puedan evitar que se causen o continúen causando riesgos o daños a la salud», explicó.

Juan Jorge Olvera añadió que incluso se puede ordenar la vacunación de personas como medida de seguridad en caso de epidemia grave.

Olvera Reyes dijo que otras medidas que pueden tomar son la suspensión de trabajos o servicios, que debe ser temporal y suspensión de mensajes publicitarios.

Al hablar de sanciones, el abogado dijo que puede haber sanciones administrativas, amonestación con apercibimiento.

También habla de multas que pueden ir desde las 6 mil hasta las 12 mil veces el salario mínimo general, la clausura temporal o definitiva e incluso arresto por 36 horas.

Recalcó el litigante de la rama penal que todo lo anterior es derivado de la Ley General de Salud.