La Secretaría de Bienestar publicó este jueves por la noche en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las reglas de operación del Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras, que sustituye al programa de estancias infantiles. En estas disposiciones se estipula que el gobierno de México entregará el subsidio correspondiente directo a la madre, padre solo o tutor, y ya no a las estancias como se había hecho hasta antes de la llegada de la actual administración federal.
En los lineamientos publicados no se especifica si el medio de pago será una tarjeta bancaria, ni se enlista entre las obligaciones de los beneficiarios tener una cuenta en un banco, como sí sucede en el caso de otros programas como el de Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores. Sólo se establece entre estas obligaciones, la de resguardar, cuidar y proteger el medio de cobro del subsidio.
Las madres, padres o tutores con niñas, niños a su cargo de entre 1 año y hasta un día antes de cumplir los 4 años de edad recibirán 1,600 pesos bimestrales por cada niño. Quienes tengan a su cuidado un menor con discapacidad de entre 1 año y hasta un día antes de cumplir los 6 años de edad obtendrán un apoyo de 3,600 pesos bimestrales. Los subsidios se darán hasta por un máximo de tres niños o niñas por hogar en el mismo periodo, salvo que se trate de nacimientos múltiples.
Respecto a vigilar que el dinero otorgado se use para el pago de una estancia infantil, no hay mayor referencia, solo se menciona, entre las obligaciones de los beneficiarios, que no deberán hacer uso inadecuado o lucrativo del apoyo. Entre las causales de suspensión temporal o definitiva del subsidio no existe ninguna referente a que el menor no esté acudiendo a un centro de cuidado.
Tampoco existe ningún lineamiento en el que se señale que se hará una inspección a las estancias infantiles a las que acudan los hijos e hijas de los beneficiarios del programa.
Entre los artículos transitorios se estipula que la Secretaría de Bienestar otorgará a las personas Beneficiarias del Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras para el ejercicio fiscal 2019, el apoyo correspondiente a los meses de enero y febrero del 2019, la entrega de dicho apoyo se realizará a más tardar el último día hábil del mes de marzo de ese año mediante el mecanismo que establezca la Secretaría.
Las personas que se afiliaron al programa en el ejercicio fiscal 2018 en la modalidad de impulso a los servicios de cuidado y atención infantil (para montar una estancia) y no han cumplido el año calendario prestando los servicios deberán realizar el reintegro a la Tesorería de la Federación (Tesofe) del apoyo inicial que se les otorgó; quienes lo hicieron hasta hace seis meses tendrán que regresar el 50%, mientras quienes lo hicieron hace un mes deberán devolver el 100%.
La población potencial del programa se define como el grupo de madres de 15 años y más, sin acceso directo o por parentesco a los sistemas de seguridad social, en específico al cuidado y atención infantil como prestación laboral.
Se dará prioridad para ser beneficiario a las personas que habiten municipios indígenas, de alto rezago social, pobreza extrema, zonas con alto grado de marginación, altos índices de violencia, la zona fronteriza, así como las zonas turísticas y aquellas que generen estrategias integrales de desarrollo.