Prisión preventiva oficiosa, se reforma artículo 19

Altamira Tams. Al hacer uso de la palabra en el congreso federal, el Diputado Federal Erasmo González Robledo, resaltó la necesidad de dotar con los instrumentos legales necesarios a las instituciones de justicia, para combatir de manera integral el delito; pidiendo prisión preventiva oficiosa, en los que estén relacionados con el uso de programas sociales con fines electorales, la corrupción y los delitos en materia de robo de hidrocarburos.

Fue parte de su participación previo a la aprobación de la reforma al artículo 19 constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa, durante la discusión en lo general del dictamen presentado por la Comisión de Puntos Constitucionales en la cámara de diputados.

“Es claro que la prisión preventiva no es adelantar la pena, lo que se pretende es que la prisión preventiva sea una medida cautelar eficaz, para que los indiciados en delitos considerados como graves no se sustraigan a la acción de la justicia; en síntesis se pretende evitar que la puerta giratoria siga permitiendo la liberación casi inmediata de los delincuentes qué más dañan a la ciudadanía “.

Como sustento, el Diputado Federal Erasmo González Robledo, resaltó la encuesta nacional de victimización y percepción sobre seguridad pública realizada por el INEGI, que arrojó cifras superiores a los 25 millones de víctimas mayores de 18 años y más durante el 2017; el 35% de los hogares en México, contó con por lo menos, un integrante que fue víctima del delito y dé estos el 93% no hubo una denuncia o la autoridad no inició una carpeta de investigación.

“Por ello se pretende incluir dentro del catálogo de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa, los delitos de:
1, uso de programas sociales con fines electorales; 2, corrupción tratándose de delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones; y 3, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos”.

Además a través de una reserva al dictamen, se propuso agregar al catálogo de prisión preventiva, el abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo de casa habitación, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, y en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del ejército, la armada y la fuerza aérea.

Esto al ser una petición de la sociedad civil, luego del ejercicio de audiencias públicas, implementado por la cámara de diputados, donde diversas voces ciudadanas y especialistas, plantearon la incorporación de estos delitos.

De esta manera, la cámara de diputados aprobó el dictamen con 377 votos a favor, 96 en contra y 5 abstenciones, garantizando la reforma al artículo 19 constitucional, en materia de prisión preventiva oficiosa.