Por María de Jesús Cortez
Tampico, Tam.- Luego de que esta temporada es propicia para que los ciudadanos reciban llamadas de extorsión, la Policía Federal Preventiva realiza labor de difusión de las estrategias que las personas pueden seguir para no ser víctimas de esos ilícitos.
Mediante folletería, elementos de la policía Federal reparten la información en la central camionera así como el aeropuerto local para que los visitantes estén enterados de esas recomendaciones.
«Al 088 hay que marcar si recibes una llamada de extorsión o fraude recuerda, anota el número que llama cuelga en su caso trata de ubicar al familiar involucrado denuncia al teléfono 088»..
Ponen como ejemplo una ficticia llamada que dice «Hola, a dónde llamo y tú contestas a dónde quiere llamar, quién habla, con quién quiere hablar».
Dice que en otros casos intentan hacerse pasar por familiares. «Eres tú primo quien llama? dime su nombre y apellido… Soy tu primo. Por respuesta: hijo de cuál de mis tías, tíos, nombre y apellido».
En otros casos señalan la estrategia del hijo secuestrado: «Papá soy tu hijo- hija Estoy secuestrado -y está llorando-«.
Hay ocasiones que hacen referencia a que a la posible víctima la tienen vigilada.
«Lo tenemos vigilado» la autoridad recomienda a la población responder: «De qué color es el carro en que estoy».
Refieren que son muchas las artimañas que utilizan con tal de sacar dinero.
En la clonación de la línea telefónica alertan a nombre de la compañía telefónica pidiendo que apague su celular debido a que su número fue clonado, aprovechan para llamar a los familiares y pedirles el dinero».
También plantean que de acuerdo al artículo 386 fracción 124 del Código Penal Federal prevé que cometen el delito de fraude el que engañado a uno aprovechándose del error en que éste se haya y se hace ilícitamente de algún de alguna cosa o alcanza un lucro indebido se aplicará de 6 meses a 12 años de prisión y multa de 10 y hasta 120 veces el salario mínimo.
En la extorsión el artículo 390 del Código Penal Federal señala que al que sin derecho obliga a otro a dar o hacer dejar de hacer o tolerar algo obteniendo un lucro para sí o para otro causando alguien un perjuicio patrimonial se aplicarán de dos a ocho años de prisión y de 40 a 160 días de multa.