Yucatán.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo que reconoce el derecho de un matrimonio homosexual para registrar a su hijo, concebido bajo el procedimiento de maternidad subrogada, luego de que se les negara la opción.
La pareja había solicitado ante el Registro Civil de Yucatán el registro de su hijo de tres años, pero se les negó el trámite.
La Suprema Corte indicó que toda persona tienen derecho de convertirse en padre o madre sin distinción de su preferencia sexual.
Por unanimidad, la Primera Sala de la SCJN concedió el amparo a la pareja, con el que no sólo se garantiza el derecho de identificación y filiación del menor, sino también en de la vida privada de la pareja.
“El menor requiere para su desarrollo contar con todos los derechos derivados de la filiación, como los alimentarios, sucesorios, así como a recibir cuidados, educación y afecto”, indica el fallo.
La pareja promovió el amparo que le fue otorgado ayer.
“Considerando que el derecho a convertirse en padre o madre se entiende dado a toda persona, sin distinción en cuanto a preferencia sexual, tal como se prescribe en el artículo 1 de la Constitución y el 1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, debe reconocerse el derecho a las parejas homosexuales para acceder a los adelantos de la ciencia en materia de reproducción asistida, y a convertirse en padres o madres a través de esos métodos”, dice la resolución.